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Policiales

Mantienen la preventiva de Hernández hasta finalizar el debate

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La mañana del pasado lunes se concretó vía teleconferencia la audiencia de revisión de la prisión preventiva en una causa por estafas que tiene como imputado a Cesar Alejandro Hernández, alias “Chatran”.

El imputado se encuentra detenido en el marco de otra causa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la jueza local en un principio dio por abandonada la defensa particular del mismo ya que su abogado particular no pudo ser localizado. Asimismo, el no aceptar la defensa pública por parte del imputado fue interpretado por la jueza como “un dispendio para entorpecer el presente proceso”, por lo cual se le designó un abogado de la Defensa Pública.

Presidió la revisión Raquel Tassello, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general, en tanto que la defensa de Hernández fue ejercida por Gustavo Oyarzun, defensor público.

La fiscal se refirió a que el pasado 9 de mayo de 2023 se le dictó a Hernández la rebeldía y captura por no presentarse a juicio. Y luego se supo a través de Migraciones que había salido del país. Desde esa fecha 9 de marzo de 2023 permaneció rebelde hasta el 15 de febrero de 2024, luego que se realizara la audiencia al ser detenido en la ciudad de Buenos Aires por un nuevo hecho. Luego se fugó nuevamente y fue detenido. Así “no quedan dudas del peligro de fuga vigente, por el comportamiento del imputado, por la gravedad de los hechos (19 hechos de estafa) y se pide una pena que es de cumplimiento efectivo. Además, cuenta con antecedentes penales, es decir cualquiera sea la pena como resultado del proceso, la misma será de efectivo cumplimiento. No se presentó a la audiencia de debate, intentó dar un tipo de justificación y luego se fue del país. Solicitando por todo ello se mantenga la prisión preventiva de Hernández hasta la finalización del debate, que está fijado su inicio para el próximo 8 de mayo de 2024.

Por su parte la defensa argumentó que “su pupilo estuvo a derecho hasta que se dictó su rebeldía el 9 de marzo de 2023”. Además, la duración de la prisión preventiva que le dictaron en la causa de CABA es mayor al tiempo que resta para el debate en la causa local. “Ninguna afectación tendría para esta causa el cese de la prisión preventiva, ya que va a continuar detenido en CABA”. Prorrogar la preventiva sería un adelanto de pena, continuó el defensor. Solicitando el cese de la preventiva en la presente causa ya que Hernández se encuentra detenido en CABA en otra causa.

Finalmente, la jueza penal resolvió mantener la prisión preventiva del imputado Hernández ya que hace un año que estamos intentando realizar el debate. Luego se le dicta la rebeldía por fugarse en una fiscalía de CABA. A continuación, nuevamente se lo detiene en Tigre en provincia de Buenos Aires. Un año estuvo la causa suspendida por la conducta del imputado. Por lo tanto, existe peligro de fuga y no tiene arraigo, para asegurar su presencia en el juicio. Que esté detenido a disposición de otro juzgado no es un argumento para que no pueda estar detenido en la presente causa, concluyó la jueza. Dictando su prisión preventiva hasta la finalización del debate, como lo solicitara la fiscal.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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