Connect with us

Policiales

Se inició el juicio contra tres ex funcionarios por la causa «Total Canin»

Publicado

el

Se inició el juicio oral y público por la causa de la venta ilegal de alimentos para  perros de una firma de la ciudad autónoma de Buenos Aires que habían sido donados para paliar parte de los efectos de una graves situación de emergencia climática que sufrió Comodoro Rivadavia entre marzo y abril del año 2017.

Los imputados son Leticia Huichaqueo, Marcelo Suárez, Juan Carlos Gómez y Micaela Cordero. Los tres primeros ocupaban  cargos en el Ministerio de la Familia del Chubut,  mientras que Cordero dirigía el Sindicato de Amas de Casa de la ciudad de Rawson.

El tribunal de juzgamiento está integrado por Mónica García de circunscripción judicial de Comodoro Rivadavia, Martín O Connor  por la de Esquel y César Zaratiegui por  Trelew. La primera de las mencionadas preside las audiencias.

El fiscal a cargo de la acusación y de la investigación, es el fiscal general de Comodoro Rivadavia Héctor Iturrioz. El abogado Javier Romero defiende a Huichaqueo, Pablo Sánchez a Gómez y el defensor oficial Miguel Moyano a Marcelo Suárez.

La situación de Cordero

Con acuerdo del representante del Ministerio Público Fiscal y la Defensa oficial, la imputada Cordero se acogió a la suspensión del juicio a prueba, por el tipo de delito que pesa en su contra, que no posee antecedentes delictivos además de padecer  enfermedades neurológicas que fueron enumeradas en el marco de la descripción  en su historia clínica por parte de su defensor, Omar López.

Contra la mujer pesaba el delito de falsedad ideológica en carácter de partícipe necesario. La suspensión del juicio a prueba regirá por dos años y además deberá realizar 40 horas de trabajo comunitario y una reparación económica de mil pesos.  Para el fiscal Iturrioz, la maniobra ilegal en la que estuvo involucrada Cordero, estuvo motivada en un pedido que le realizó otro de los imputados, Marcelo Suárez. Lo pautado entre las partes fue homologado por los miembros del Tribunal de enjuiciamiento.

En carácter de querellantes se hicieron presentes los abogados Rodrigo Miquelarena representando a la Fiscalía de Estado, y Mario Romeo por la Oficina Anticorrupción. Ambos estuvieron de acuerdo en la aplicación de la suspensión del juicio a prueba en favor de Cordero.

Los hechos

La causa es un remanente de otras vinculadas con corrupción en administración pública provincial durante la emergencia climática que atravesó Comodoro Rivadavia entre fines de marzo y principios de abril del 2017. La  empresa Royal Canin había donado casi 500 bolsas de alimento para perros a través de la Casa del Chubut en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Entre marzo y agosto de ese año el alimento fue vendido de manera clandestina y fraccionado. Estaba en un depósito del Ministerio de la Familia, al costado de la doble trocha entre el casco céntrico de Rawson y Playa Unión. Solo unas pocas bolsas fueron donadas a organizaciones protectoras de animales. Huichaqueo era Ministro de la Familia y Suárez Subsecretario de ese Ministerio.

Al describir los hechos, para Iturrioz las responsabilidades principales están en cabeza de Gómez y Huichaqueo, mientras las responsabilidades de Suárez y Cordero son secundarias en cuanto a la valoración de la energía criminal plasmada en los hechos.

El delito

El peculado trata del delito de apropiación indebida de dinero o bienes pertenecientes al Estado por parte de personas encargadas de su control y custodia. En el Código Penal de la Argentina, el artículo 261 indica que será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta y perpetua a funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.