Connect with us

Policiales

Administración fraudulenta en la Municipalidad de Sarmiento : amplían la investigación

Publicado

el

Por pedido de la Fiscalía, el Juez Jorge Novarino formalizo una  investigación preparatoria de juicio contra la ex funcionaria municipal  Graciela Núñez (58)  y el ingeniero Carlos Almeida (66) como partícipes necesarios en la maniobra de defraudación que tuvo como víctima a la Municipalidad de Sarmiento.

En esta misma causa están imputados  el ex intendente Sebastián Balochi y los ex funcionarios municipales Rubén Camarda y Daniel Miguenz. La denuncia fue realizada por la actual administración municipal a raíz  de la  licitación para la construcción de la obra para una  Escuela de Artes y Oficios .

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrollo una audiencia de apertura de la investigación preparatoria de juicio. El acto judicial fue presidido por el magistrado Jorge Novarino. El Ministerio Publico Fiscal estuvo representado por la fiscal Laura Castagno.

Los imputados Balochi, Camarda Núñez y Almeida  fueron asistidos legalmente  por los abogados de la Defensa Publica Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano. En tanto, Miguenz recibió la asistencia técnica del abogado particular Guillermo Klaur.

En la oportunidad Castagno relato los hechos registrados en la pieza de formalización de la  investigación . Luego identifico a los imputados y a la parte damnificada. También explico la calificación legal escogida y requirió mantener el plazo de investigación otorgado en la primer audiencia de esta causa.

Sobre la calificación legal la parte acusadora propuso que se investigue a los ex funcionarios Balochi, Camarda y Miguenz   como presuntos  co autores  del delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida contra la administración pública. En tanto, peticiono que Núñez y Almeida sean investigados como participes necesarios en la maniobra de defraudación.

Por su parte, el ingeniero Almeida utilizo su derecho a declarar en esta etapa del proceso. El profesional relato la participación de la empresa de construcción en este llamado licitatorio. Asimismo señalo que fue la actual administración municipal la que decidió no dar inicio a la obra de construcción de la Escuela de Artes y oficios.

Los tres abogados defensores coincidieron en oponerse a la apertura de investigación al considerar que la presentación realizada por Castagno no reúne los requisitos necesarios para iniciar una formalización judicial .

Finalmente, Novarino hizo lugar al pedido del Ministerio Publico Fiscal explicando que en la pieza de presentación quedo establecida  la determinación concreta de los hechos que está investigando, la calificación legal provisional y el accionar de los imputados.

Los hechos

La pieza de apertura de investigación presentada por el representante del Ministerio Publico Fiscal indica que el  2 de junio del 2015, mediante resolución N° 526/15, el ex intendente municipal  decidió instrumentar un proceso licitatorio para la construcción de la Obra Escuela de Artes y Oficios.

La fecha tope para la recepción de ofertas, fue establecida para el 3 de julio de ese año. En tanto, la apertura de sobres se programo para tres días después.

Asimismo, se publicaron avisos haciendo saber que el presupuesto de la obra sería de 8.352.136 pesos. Ante la falta de oferentes, el gobierno municipal resolvió prorrogar dichos plazos.

Así las cosas, el  7 de agosto de dicho año se procedió a la apertura de sobres, con dictamen legal y de la comisión de pre adjudicación.

En este marco, la construcción de la obra  se adjudico a la Empresa «Ledesma». En este sentido, los investigadores  señalaron que en esta ocasión el presupuesto fue  por un monto de 10.406.079 pesos,  es decir  un 24,59% por encima del presupuesto inicial.

Por otra parte, la investigación sostiene que el 26 de noviembre del  2015 se adjudico la obra y el 2 de diciembre, se celebro el contrato de construcción de Escuela de Artes y Oficios entre el ex mandatario municipal y el representante de la Empresa Constructora «Ledesma y Cía. S.R.L».

Al día siguiente, la empresa constructora solicitó un “Anticipo Financiero en Contrato”. La parte investigadora,  afirma que la compañía realizo ese pedido sin intervención de la Dirección de Rentas de la Provincia de Chubut y sin dar razones del apartamiento del pliego de bases y condiciones.

En tanto, el 4 de diciembre  Rubén Alberto Camarda (a cargo de la Intendencia Municipal)  con la participación de Graciela Nuñez ( a cargo de la Secretaria de Coordinación de Gabinete) resolvieron pagar el anticipo solicitado por la empresa Ledesma. El monto requerido fue  de 2.081,216 pesos.

En este contexto, Castagno  considero que el procedimiento resultó violatorio de las normativas existentes en la materia. El proceso establece que el Concejo Deliberante debe efectuar  la autorización prevista en la Ordenanza N° 49/12 mediante la cual se establece el Sistema de Compras y Contrataciones.

Otra de las documentaciones incorporadas a la pieza enunciatoria, fue un informe del Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut. El organismo de control, comunico que se adjudicó la obra a la Empresa Ledesma , en un 24,59%, por encima del presupuesto inicial, sin precisar el mes base con el cual se calculó el precio.

También sostiene que los planos de obra, de planta, cortes,  y cálculo de estructura deberían tener aprobación municipal. Por otra parte, el ente controlador agrega que no surgen de los planos aportados de servicios de agua, cloaca, energía eléctrica y gas la firma de un profesional habilitado.

Por último, el Tribunal de cuentas afirmo que no existen constancias de partidas presupuestarias a la que se pretende afectar, ni saldos para la ejecución de la obra.

Click para comentar

Deja un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.