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Comenzó el juicio contra Luis Vidal por el brutal ataque contra su ex pareja

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Se inició esta mañana en Comodoro Rivadavia el juicio oral y público contra Luis Rubén Vidal, acusado por las lesiones que le habría provocado  su expareja Lorena Paredes en una serie de hechos ocurridos a lo largo del año 2018.Durante la mañana de hoy se escuchó el extenso testimonio de la víctima del hecho, una joven de la ciudad petrolera quien denunció el modo en el cual se relacionó con el victimario a lo largo de los meses en los duró la relación de pareja y la violencia psicológica y física a la cual fue sometida durante gran parte de ese tiempo.

El debate oral y público es presidido por el Juez Miguel Caviglia, en tanto que la acusación está a cargo de la fiscal Laura Blanco, mientras que los abogados Lilian Bórquez e Ivo Di Taranto tienen a su cargo la defensa pública del imputado.

La imputación a Luis Rubén Vidal es por el delito de Lesiones leves agravadas por ser contra la persona con quien se mantiene una relación de pareja y por mediar violencia de género (dos hechos), Amenazas (dos hechos) y Daño, todo en concurso real y en calidad de autor, conforme arts. 55, 89, 92 en relación al 80 incs. 1 y 11; 149 bis, 183 y 45 del Código Penal.

Testimonio de la víctima

Lorena Paredes explicó al juez y a las partes durante la audiencia que se realiza en la sede de la oficina judicial de la ciudad petrolera, de qué modo la relación se fue tornando cada vez más violenta, con episodios de insultos, golpes e intentos de asfixia, e incluso de abuso sexual por parte del acusado, aunque la propia damnificada reconoció no haber denunciado algunos de estos hechos. También se refirió a la manera en que esta situación afectó su vida personal, familiar y laboral, ante las reiteradas agresiones y amenazas, siendo estas últimas dirigidas no solo hacia su persona sino también a su hija, a sus padres y allegados.

La parte medular de su testimonio se centró en los episodios ocurridos con posterioridad a la primera denuncia que radicó ante la Comisaría de la Mujer de Comodoro Rivadavia y los reiterados incumplimientos de las medidas restrictivas que regían sobre Vidal, pero particularmente en lo ocurrido en los primeros días de octubre del año 2018, cuando según el relato de la víctima fue encerrada, golpeada y torturada por el acusado, acción que solo ceso por la llegada de un móvil policial al domicilio de la madre del joven imputado..

La mujer también dijo ante el juez en la última parte de su testimonio que las acciones intimidatorias por parte del acusado no han cesado a pesar de estar procesado y de la repercusión social que ha tenido el caso.

El juicio tendrá continuidad en los próximos días con los testimonios de personas que intervinieron en las horas posteriores al último hecho relatado.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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