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Policiales

Comenzó el juicio por el homicidio de una bebé en el Quirno Costa

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En relación al hecho acontecido el pasado 14 de diciembre de 2018 en un domicilio particular de la calle 10 de Noviembre del barrio Quirno Costa de nuestra ciudad y que tiene como imputada a Andrea Ruiz. En la jornada se escucharon las presentaciones del caso de las partes y los testimonios de seis testigos, la mayoría de ellos profesionales médicos. Para mañana miércoles se espera continuar con  la recepción de testimonios.

El tribunal de debate fue presidido por Raquel Tassello e integrado por Mariel Suárez (en forma presencial) y Alejandro Soñis, jueces penales; por el Ministerio Público fiscal se hicieron presentes Cecilia Codina, fiscal general y Eve Ponce, procuradora de fiscalía; en tanto que la defensa de la imputada fue ejercida por Mauro Fonteñez y Fiorela Picón, abogados particulares de los mismos. Asimismo se encontraba presente una profesional del SAVD.

Luego de las presentaciones del caso, la primera testigo fue la médica de Urgencias del 107, del Hospital quién recordó que aquel día 14 de diciembre de 2018 reciben un llamado de la base donde solicitaban la ambulancia en un domicilio de la calle 10 de Noviembre, al 2.300 del barrio Quirno Costa. Llegan y había un hombre que les indicaba la escalera y un baño ubicado en el primer piso. También se encontraban el chofer de la ambulancia, una enfermera y otra mujer que los recibe en el descanso de la escalera. Al llegar al baño recuerda una mujer sentada en el inodoro, llena de sangre. Ordena suban una silla de ruedas para bajarla hasta la ambulancia. Recuerda que “atrás del inodoro había una bolsa con un nudo” y que la mujer “tenía sangre en las manos y en la zona abdominal”. Recordó que la mujer estaba lúcida; y cuando “le pregunta si sabía que estaba embarazada, no le contestó nada” y luego “si había practicado maniobras abortivas, se tapa la cara y empieza a llorar”.

La segunda testigo fue la enfermera que también trabajaba ese día en el servicio de urgencias del 107 y describe que “la paciente se encontraba pálida y sudorosa y parecía que iba a entrar en shock”. También recordó que fueron dos veces a dicho domicilio, la primera como lo describe la anterior testigo, la doctora de guardia. La segunda vez a buscar la bolsa con la criatura. Describió que “le hicieron maniobras de resurrección pero no presentaba signos de vida”.

Seguidamente se escuchó la palabra del chofer de la ambulancia recordando que aquel día “reciben un llamado por un aborto en curso en la calle 10 de noviembre”. Llegan suben la paciente a la ambulancia y la trasladan a la guardia del Hospital. Luego reciben otro llamado de la base que faltaba el bebé con la placenta y que tenían que volver al domicilio. Recordando que sube al baño junto a la médica y ésta última saca una bolsa de plástico con un nudo y cuando la abre “era una bebé arrollada en una campera negra”.

Otra testigo, tocoginecóloga del Hospital, declaró que le derivan una paciente de la Guardia del Hospital que arribó en la ambulancia, descompensada por un aborto domiciliario. Recordó que “se encontraba lúcida, consciente y que el sangrado era normal por un parto reciente”. Ésta se encontraba en período de puerperio y en un estado de embarazo avanzado. “Cuando le pregunta qué había pasado con el bebé, primero no le contesta y después le dijo que estaba atrás del inodoro”. También le comentó que “sabía que estaba embarazada, pero no se lo dijo a nadie porque era un embarazo no querido”.

Finalmente se escuchó la palabra de una pediatra del Hospital que recibe la bebé traída en la ambulancia, sin respiración, ni pulso y que ya estaba fría y pálida”. En último término se escuchó al oficial de policía que participó de las diligencias del caso.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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