Connect with us

Policiales

Condenaron a los hermanos Axel y Franco Ortellado a 6 y 5 años de prisión

Publicado

el

La mañana del presente viernes se concretó en los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de juicio abreviado por una tentativa de homicidio y robo agravado acontecido el pasado 26 de junio de 2022, en el marco de un cumpleaños de 15 en el “Club Social Belgrano”, que tiene como coimputados a Franco y Axel Ortellado.

El fiscal Caperochipi se refirió al acuerdo donde los imputados, asesorados por su defensor, voluntariamente reconocen su participación y autoría en el hecho, como también aceptan la pena propuesta. Finalmente, el juez penal resolvió homologar el presente acuerdo abreviado y condenar a Axel Ortellado a la pena de 6 años de prisión efectivos y a Franco Ortellado a la de 5 años de prisión efectivos.

Presidió la audiencia de homologación Jorge Odorisio, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal general Juan Carlos Caperochipi; en tanto que la defensa de ambos imputados fue ejercida por mauro Fonteñez, abogado particular de los mismos. Asimismo, en la audiencia se encontraban presentes las víctimas, prestando su conformidad para el acuerdo y acompañadas por una profesional del SAVD. En este marco se entendió que el acuerdo al que se arriba, pone fin al conflicto entre las partes, existiendo plena conformidad por parte de las víctimas en cuanto a la pena aplicable y el modo de culminación del proceso.

Así Franco y Axel Ortellado admitieron voluntariamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar, del hecho juzgado, como su autoría y responsabilidad en el mismo. Cuando el pasado 26 de junio de 2022, en circunstancias en las cuales irrumpieron Franco y Axel Ortellado munidos de arma de fuego y con intenciones de robo en el salón de fiestas del “Club Belgrano” en el cual se desarrollaba un festejo de cumpleaños de 15. En esa ocasión, según la hipótesis de la fiscalía, ante la reacción de los asistentes al cumpleaños que allí se desarrollaba efectuaron disparos con un arma de fuego y cuando intentaban huir del lugar uno de ellos, Axel Ortellado, le disparó a un familiar de la cumpleañera provocándole heridas de gravedad. Calificando el hecho para Franco Ortellado como “robo agravado por ser cometido con el uso de arma de fuego, en grado de tentativa”. En tanto que para Axel Ortellado como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa”, en carácter de “autor”. Seguidamente el fiscal se refirió a los elementos de prueba existentes para acreditar el hecho y a la falta de antecedentes penales de ambos imputados.

El defensor solicitó por su parte se homologue el acuerdo abreviado suscripto por sus asistidos. El mismo es viable ya que es serio y se encuentran debidamente fundados. Asimismo, la calificación jurídica resulta ajustada a derecho, como también la pena, con sus circunstancias atenuantes y agravantes, concluyó el defensor.

Finalmente, el juez penal resolvió homologar el presente acuerdo abreviado y condenar a Axel Ortellado a la pena de 6 años de prisión efectivos y a Franco Ortellado a la de 5 años de prisión efectivos.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.