Connect with us

Policiales

Darío Saldivia continuará en prisión por el homicidio de Daniel “ganzo” Sánchez

Publicado

el

El pasado viernes se efectuó la audiencia de revisión de la prisión preventiva para el imputado Darío Saldivia en la causa por la investigación del homicidio de Daniel “ganzo” Sánchez acontecida el pasado 2 de julio de 2016. La funcionaria de fiscalía solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva por dos meses del imputado y la prórroga del plazo de investigación por igual término.

Presidió el acto Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal asistió Gabriela Gómez, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Saldivia fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.

La funcionaria de fiscalía solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva de Saldivia ya que subsisten los peligros procesales por los cuales se le dictó la medida. Saldivia se encuentra imputado como autor de homicidio simple en perjuicio de Daniel Sánchez. El hecho investigado acontece el pasado 2 de julio de 2016, cuando siendo aproximadamente las 06.30 hs. la víctima, Daniel Sánchez se encontraba caminando junto a otra persona por la Av. Alsina, casi San Martín. Se les atraviesa un Fiord Fiesta, conducido por otra persona no identificada por el momento, del cual se baja Saldivia. Éste último comienza a correr a Sánchez arrojándole un golpe de puño en la cabeza y la víctima cae al suelo. Saldivia continúa golpeando a la víctima en diversas partes de su cuerpo para finalmente golpear su cabeza con una piedra o escombro provocando su muerte por traumatismo craneoencefálico. Luego Saldivia se sube al auto y escapa con la ayuda de esta segunda persona aun no identificada. Calificando provisoriamente el ilícito como “homicidio simple” en calidad de autor para Saldivia. Teniendo en cuenta la gravedad del hecho, la pena en expectativa, subsisten los peligros procesales por los cuales se le dictó la medida de coerción, peligro de fuga; por lo cual se solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva de Saldivia por dos meses, aunado al pedido de prórroga del plazo de investigación por igual tiempo.

La extensión del plazo se debe a la pericia de ADN con el fin de poder hacer un cotejo entre las muestras tomadas el día del hecho y las de los imputados. Desde el Laboratorio de Investigación Forense se estima culminar una de las pericias el próximo 11 de marzo. Para el otro coimputado se deberá tomar una nueva muestra ya que la anterior podría estar contaminada.

El defensor de Saldivia no se opuso a la prórroga del plazo de investigación. Oponiéndose a la medida de coerción ya que “tenemos, a esta altura del proceso, menos evidencia que la que teníamos en la apertura”, sostuvo el defensor. En el expediente no hay ninguna vinculación entre Lanizante y Saldivia. No hay ningún elemento nuevo, y los que tenemos suman a la teoría del caso de la defensa, argumentó. Solicitando su libertad con presentaciones semanales ante la Oficina Judicial.

Finalmente la jueza penal resolvió prorrogar el plazo de investigación dos meses ya que están dadas las condiciones para otorgarlo. Dictando asimismo el mantenimiento de la prisión preventiva que pesa sobre Saldivia por igual término en base a los elementos de convicción que tiene la fiscalía respecto de la autoría y el peligro de fuga, haciendo lugar a lo que solicitara la funcionaria de fiscalía.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.