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Dictaron 15 dias de prisión preventiva para Triviño

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En tanto que el lunes se informó que ingresó en la Alcaldía el imputado Martín Triviño ya que fue dado de alta en el Hospital, el mediodía del martes se concretó en los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de control de detención y apertura en su contra. Asimismo se trató un Habeas Corpus articulado por familiares del imputado solicitando su arresto domiciliario. El fiscal solicitó se declare legal la detención del imputado, se le formalice el mismo y se dicte su prisión preventiva por 4 meses; por su parte la defensa no cuestionó la detención, pero si la calificación legal provisoria propuesta por la fiscalía; oponiéndose al dictado de prisión preventiva, requiriendo su libertad y subsidiariamente su arresto domiciliario.

Presidió la audiencia Mónica García, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Julio Puentes, fiscal general y Andrea Serer, procuradora de fiscalía; en tanto que el imputado fue representado por Vanesa Vera, defensora pública.

La Procuradora realizó un relato sucinto del hecho acontecido el pasado 3 de agosto, siendo aproximadamente las 13.45 hs. el imputado Triviño se hizo presente en un domicilio de las calles Garcés y Balbin exigiendo se retirasen sus moradores de ella, exhibiendo un arma de fuego, ya que él la había comprado en 2017. Luego que se retiran, Triviño sustrae un Tv led y procede a incendiar dicho inmueble, provocando importantes daños materiales. En estas circunstancias personal policial que se encontraba cumpliendo vigilancia en un domicilio cercano al referido observan descender del cerro una persona sexo masculino, luego identificada como Triviño, con una TV en un brazo y un arma de fuego en la otra mano. Se identifican como personal policial, y Triviño efectúa varios disparos e impacta uno de ellos contra la humanidad de un servidor público; esto es repelido por personal policial que hiere al imputado, que abandona el Tv en el lugar y se oculta en un domicilio cercano donde finalmente es detenido Triviño. Calificando provisoriamente el mismo como “amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego, en concurso real con daño; en concurso real con robo agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa; en concurso ideal con tentativa de homicidio triplemente agravado por ser cometido contra personal policial, por el uso de arma de fuego y para lograr su impunidad”.

Seguidamente la defensora objetó la calificación legal escogida por el fiscal, en las amenazas coactivas agravadas, no hay arma secuestrada, y tampoco se da el robo agravado por el uso de arma de fuego, expresó la defensa. También se opuso a la calificación de homicidio triplemente agravado en grado de tentativa.

Seguidamente la jueza hizo lugar parcialmente a la calificación legal formalizando finalmente por la de “amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real con daño, en concurso real con robo agravado por el uso de arma de fuego, e concurso ideal con tentativa de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por ser cometido contra personal policial”, sacando el agravante para lograr su impunidad. Otorgando el plazo de seis meses de investigación.

Medida de coerción:

A continuación el fiscal solicitó la prisión preventiva de Triviño por cuatro meses en base a los elementos de convicción suficientes existentes como para tenerlo como probable autor del grave hecho, y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Mencionando la pena que se espera como resultado del procedimiento, que será de cumplimiento efectivo, como también que Triviño se encontraba prófugo de la justicia en otra causa. Refiriéndose asimismo a un Informe del Cuerpo Médico Forense que dictaminó que el imputado no puede estar en la Alcaldía, y a otro informe Socio-ambiental negativo.

Seguidamente la defensora expresó que todo imputado debe transitar el proceso en libertad, rige el estado de inocencia. Solicitando en primer término su libertad por sus condiciones de salud, argumentando que la Alcaldía no es lugar para que Triviño cumpla su detención; y subsidiariamente pidió su arresto domiciliario, con rondines policiales permanentes.

Finalmente, la jueza penal resolvió dictar 15 días de prisión preventiva al imputado en base a la gravedad de ambos hechos, existe peligro de fuga y de entorpecimiento. Además, Triviño se encontraba al momento del hecho cumpliendo libertad condicional y rebelde en otra carpeta judicial. Triviño deberá cumplir los 15 días de preventiva en la Alcaldía con control médico, dispuso la jueza.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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