Regionales
Dónde voto: consulta el padrón definitivo

Este domingo 22 de octubre se llevarán adelante las elecciones generales, donde se elegirán los cargos de presidente, senadores y diputados nacionales. A partir de ello, las personas pueden consultar el padrón definitivo para conocer el lugar de votación.
En el caso de Chubut, se vota solamente la categoría presidente y diputados nacionales ya que aún no ha vencido el mandato de los actuales senadores que representan a la provincia.
A partir de ello, están disponibles los padrones oficiales para que las personas puedan conocer el lugar en donde votan, a través de la web, donde están los detalles de escuela, número de mesa y orden, para agilizar el trabajo de las autoridades de mesa a la hora de concretar el sufragio.
Así, el listado oficial está disponible en el sitio web www.padron.gob,ar, donde cada elector coloca su número de documento, género y distrito donde vota y tras ello, ingresa un código verificador, lo que hace que inmediatamente se brinden los datos de lugar de votación, mesa y orden.
También la página brinda la posibilidad de hacer reclamos por errores u omisiones, contando con la posibilidad de realizar el seguimiento del estado de dicho reclamo.
Es importante destacar que si una persona no votó en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), y figura en el padrón, tiene el derecho y la obligación de votar en las elecciones del próximo domingo. En caso contrario, puede justificar la no emisión del voto ante la Secretaría Electoral correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la elección, para no figurar dentro del Registro Nacional de Infractores.
Documentos válidos
Es obligatorio que la persona concurra con el documento a emitir su voto, siendo válidos para ello la libreta cívica, libreta de enrolamiento, DNI libreta verde, DNI libreta celeste y el DNI tarjeta.
En todos los casos, el ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón y no se permitirá el voto de ciudadanos o ciudadanas cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos o aquellas que presente el DNI en su celular.
Quienes deben votar y quienes están exentos
Deben votar los ciudadanos que figuren en el padrón electoral y acrediten su identidad con documento habilitante, en el caso de mayores de 16 y menores de 18 años, el voto es opcional y en caso de no concurrir no reviste una infracción, al igual que en el caso de personas mayores de 70 años, para todo el resto, es obligatorio.
En este marco, también están exentos de votar jueces y auxiliares que se encuentren en funciones durante la elección, quienes vivan a más de 500 kilómetros del lugar de votación y posean una justificación válida que les impida el traslado. Personas enfermas o imposibilitadas de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor (en este caso también se deberá presentar una justificación) y personal que integre organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.