Connect with us

Policiales

Elevan a juicio la causa contra Millapi por robo

Publicado

el

La semana pasada se realizó la audiencia preliminar por un hecho contra la propiedad acontecido el pasado 22 de septiembre de 2023 que tiene como imputado a Leonardo Agustín Millapi.

El representante de fiscalía solicitó se eleve la causa a juicio, ante un tribunal unipersonal, por el hecho ocurrido el pasado 22 de septiembre de 2023. El mismo acontece sobre la calle Pedraza cuando la víctima, un menor de edad, es abordado por Millapi exigiéndole su celular, tienen un forcejeo, y Millapi extrae una cortapluma, tipo navaja pequeña, y sustrae el celular, para finalmente darse a la fuga por el Sector 1, del barrio 30 de octubre. Personal policial es advertido del hecho y detienen a Millapi en el palier del Sector 1, edificio 9, de dicho barrio, mientras Millapi ocultaba el celular entre las rejas de un departamento. Calificando jurídicamente el mismo como “robo agravado por el uso de arma blanca, en grado de tentativa” en calidad de “autor” para Millapi. Estimándose una pretensión punitiva, en caso de recaer condena, de 4 años y seis meses de prisión, más la declaración de reincidencia por primera vez.

Por su parte el defensor cuestionó el uso del arma blanca en el hecho, que “no ha sido debidamente demostrado con evidencia”. Proponiendo que la causa sea elevada a juicio, pero por el delito de “robo simple” y no agravado.

Seguidamente las partes ofrecieron prueba testimonial y documental a ser ventilada en debate.

La preliminar fue presidida por María Laura Martini, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Facundo Oribones, procurador de fiscalía; en tanto que la defensa de Millapi fue ejercida por Gustavo Oyarzun, defensor público.

Medida de coerción:

El representante de fiscalía, a continuación, solicitó se mantenga la prisión preventiva que pesa sobre Millapi en base a los elementos de convicción existentes para tenerlo como probable autor del hecho y del peligro procesal de fuga. Por la gravedad del hecho, abordar a un adolescente con un arma blanca, cuando se dirigía a un establecimiento escolar. También por la pena en expectativa, que, en caso de recaer condena, será de cumplimiento efectivo. Asimismo, por los antecedentes penales de Millapi, que al momento de cometer el hecho se encontraba en libertad condicional. Por el comportamiento del imputado en anteriores causas, es decir no cometer nuevos ilícitos. Solicitando se mantenga la prisión preventiva de Millapi por tres meses, o hasta la realización del debate oral y público, lo que ocurra primero.

La defensa por su parte solicitó se de intervención al cuerpo de Delegados de Control para que den cumplimiento a elaborar un informe social amplio, con el objeto de solicitar una morigeración de su detención. Consintiendo, por el momento, el pedido de la fiscalía.

Finalmente, la jueza penal resolvió admitir la acusación y elevar la causa a juicio, manteniendo la prisión preventiva de Millapi por tres meses, como lo solicitara la fiscalía, o hasta la realización del debate oral y público, lo que suceda primero.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.