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Policiales

Estaba en libertad condicional, cometió un robo e irá a juicio

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La mañana del presente viernes se concretó en sede de los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia preliminar por un robo acontecido el pasado 14 de agosto de 2022, que tiene como imputado a Lucas Neira. La fiscal sostuvo la acusación del caso y solicitó se eleve la causa a juicio, manteniendo la prisión preventiva que cumple el imputado. Por su parte el defensor objetó la modificación de la plataforma fáctica y no se opuso al mantenimiento de la medida de coerción. Finalmente, la jueza penal resolvió admitir la acusación y elevar la causa a juicio, manteniendo la prisión preventiva que cumple el imputado Neira.

Presidió la preliminar Daniela Arcuri, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Andrea Rubio, fiscal general; en tanto que la defensa de Neira fue ejercida por Alejandro Varas, abogado de la Defensa Pública.

El hecho incluido en la acusación acontece el pasado 14 de agosto de 2022, siendo aproximadamente las 03.10 hs., cuando Neira ingresó a una vivienda ubicada sobre la calle Juan Manuel de Rosas al 3.400, de nuestra ciudad, previo trepar un portón de 2 metros de altura. Una vez en el interior sustrae diversos elementos de valor para luego huir. Luego ingresa nuevamente y se lleva más elementos de dicha vivienda. Calificando jurídicamente el mismo como “robo agravado por escalamiento” en calidad de “autor” para Neira.

Seguidamente el defensor objetó la modificación de la plataforma fáctica, con el agregado del segundo ingreso al lugar, que no estaba establecido en la apertura y sí en la acusación.

Por su parte la fiscal solicitó se rechace dicha objeción ya que solo se realizaron precisiones en la acusación, no hay nada nuevo. El Código Procesal Penal no exige precisiones en la formalización, pero sí en la acusación, argumentó la fiscal Rubio. Concluyendo que no se modificó la plataforma fáctica del hecho.

Por su parte la jueza entendió que las correcciones que impactan sobre la plataforma fáctica deben ser anoticiadas al imputado para poder ejercer su derecho de defensa. Manteniendo la descripción de la plataforma fáctica, que hubo dos ingresos no es sorpresa para la defensa. Manteniendo la imputación que permanece desde la formalización.

A continuación, se realizó el ofrecimiento de prueba testimonial y documental de la causa.

Medida de coerción:

Seguidamente la fiscal solicitó se mantenga la prisión preventiva que cumple Neira por 3 meses ya que existen elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho imputado, y también por la existencia del peligro de fuga y el comportamiento del Neira en el proceso. Se escapó por la puerta trasera cuando iba a ser notificado. Asimismo, el presente hecho fue cometido cuando Neira gozaba de libertad condicional. Por la pena en espera, que será de cumplimiento efectivo en caso de recaer condena, y porque no han variado las condiciones desde que se le dictó la medida.

El defensor no objetó la medida de coerción solicitada por la fiscal, compartiendo el plazo por el que se solicitó, o hasta la finalización del debate.

Finalmente, la jueza admitió la acusación de la fiscalía, más la prueba documental y testimonial aportada, elevando la causa a juicio por un tribunal unipersonal. Manteniendo la prisión preventiva de Neira hasta el próximo 7 de octubre, o hasta la finalización del juicio.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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