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Golpeó brutalmente a un joven dejándolo en terapia intensiva y seguirá detenido

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El viernes se concretó en sede de los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de revisión de la prisión preventiva por un hecho de tentativa de homicidio que tiene como imputado a Gerardo Magariños. El representante de fiscalía requirió se mantenga la medida de coerción que pesa sobre el imputado, hasta el próximo 15 de mayo, en base a la existencia de elementos de convicción para tenerlo como probable autor del hecho y de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Por su parte la defensa no se opuso a lo solicitado por el acusador público.

Presidió la revisión Mariano Nicosia, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Ariel Corredera, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa Magariños fue ejercida por Vanesa Vera, defensora pública.

El funcionario de fiscalía en virtud del vencimiento de la medida de coerción que pesa sobre el imputado, solicitó se mantenga la misma en base a la existencia de elementos de convicción para tener a Magariños como probable autor del hecho investigado. También por los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Estamos ante un hecho muy grave el imputado tomó un fragmento de concreto y golpeó varias veces la cabeza de la víctima con él. Ante testigos refirió “déjenme que lo mate, este tipo es un violin” demostrando un enorme desprecio por la vida humana. Existió dolo directo ya que el propio imputado expresó su deseo de matar. El funcionario también se refirió a la pena que se espera como resultado del procedimiento, que tiene un mínimo de 4 años de prisión, en caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo. En igual sentido mencionó el comportamiento del imputado en el proceso, cuando se le había otorgado arresto domiciliario a Magariños y violó la medida que luego se le revocó. Por último, peligro de entorpecimiento ya que existe la posibilidad que pueda influir o intimidar a testigos y víctima. Recordando que el caso ya ha sido elevado a juicio y que se analiza un acuerdo abreviado. Solicitando se mantenga la prisión preventiva del mismo hasta el próximo 15 de mayo, fecha en la que fue programado el debate.

Por su parte la defensa no se opuso al mantenimiento de la medida de coerción y expresó que ya rubricaron un acuerdo abreviado. Negando la existencia de peligro de entorpecimiento ya que su pupilo lleva un año detenido y no hubo ninguna acción en ese sentido.

Finalmente, el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva del Magariños ya que coincide en todo con lo expresado por el fiscal y que su pretensión no fue resistida por la defensora. Manteniendo la prisión preventiva del imputado hasta el próximo 15 de mayo del presente año.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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