Connect with us

Policiales

Goodman y otros tres sindicalistas irán a juicio por el incendio en la Legislatura

Publicado

el

El Juez Gustavo Castro considera que se ha acreditado de manera probable, la materialidad de los hechos imputados y la presunta participación de los acusados.

El Juez de Trelew Gustavo Castro, resolvió elevar a juicio oral y público la causa en la que se investiga el atentado perpetrado contra los edificios de la Legislatura Provincial y Casa de Gobierno, en septiembre del año pasado.

Por estos hechos están imputados los dirigentes gremiales Santiago Goodman, Matías Schierloh, Marcela Ancaleo y Mariana Castro.

El magistrado declaró admisible la totalidad de la prueba ofrecida por las partes y rechazó el pedido de sobreseimiento solicitado por los defensores particulares de los acusados.

Ahora, por intermedio de la Oficina Judicial, se conformará un tribunal unipersonal y a la mayor brevedad posible se fijará la audiencia de debate.

El juez rechazó el planteo de nulidad presentado por los abogados defensores que sostenían que la acusación era incomprensible y confusa, y que por no saber claramente de qué se los acusaba, los imputados no podían ejercer eficazmente su derecho de defensa.

En ese sentido, expresó que “el Ministerio Público Fiscal, al relatar los fundamentos de la imputación, ha señalado la prueba que vincula a cada uno de los imputados, tanto documental como testimonial”.

En la resolución, Castro sostuvo que “queda clara la conducta que se le atribuye al Sr. Goodman, específicamente, la de transportar los elementos combustibles que a la postre fueron utilizados para provocar los incendios tanto en la Casa de Gobierno como en la Legislatura, como así también la de dar directivas a todas a aquellas personas que se encontraban participando de los incidentes.

Según el juez, tampoco hay dudas de la conducta que se le atribuye a Marcela Ancaleo y Mariana Castro, de haber realizado varios viajes en la camioneta descripta, transportando un número importante de cubiertas de automóvil usadas para bajarlas en el sector de los incendios, las que fueron utilizadas para avivar el fuego, generando mayor volumen y densidad de humo.

Y respecto de Matías Schierloh, manifestó que “queda claro que se le atribuye haber arrojado cubiertas al fuego que se desarrollaba debajo de la sala de sesiones con el fin de avivar dicho foco ígneo”.

“Por todo lo expuesto”, concluyó el magistrado, “entiendo que, de la prueba ofrecida, se ha acreditado de manera probable, no sólo la materialidad de los hechos imputados sino también la presunta participación de los acusados, por lo que en este estado correspondo elevar la causa a juicio, tal como ha sido solicitado por el Ministerio Público Fiscal”.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.