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Homicidio de Alexis Cueva: los imputados le dijeron a un testigo que «se habían mandado un moco»

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Se llevó a cabo una nueva jornada de debate por el homicidio de Alexis Cueva, acontecido el pasado el pasado 23 de noviembre de 2019, que tiene como coimputados a David Bustamante y Renzo Muñoz.

Uno de los testigos recordó que días antes del hecho Muñoz, Bustamante y luego Cuevas estuvieron en su casa compartiendo unas cervezas, y que Cueva trajo un celular para que se lo arregle su hijo. Luego se retiran los tres en un vehículo.

El hijo del testigo anterior declaró que conoce a Cueva y Muñoz del trabajo, igual que a Bustamante. La última vez que vio a Cueva fue cuando éste le lleva a arreglar un celular. Luego se quiso ir entonces Muñoz y Bustamante lo llevan. Después lo llamaron para decirle que “se habían mandado un moco”, Renzo lo llamó que se habían mandado una cagada, que lo habían hecho cagar a “Podo”, apodo de Alexis Cueva. “Él pensó que era una broma pesada; y luego se da cuenta que no era una broma”.

Otro testimonio fue el del Comisario Andrés García, por entonces Jefe de la Brigada de Investigaciones local, quién se refirió a diligencias para dar con el paradero de Bustamante y Muñoz. Esto a partir de la aparición del cuerpo de la víctima, el 28 de noviembre de 2019, ya que antes intervino Búsqueda de personas. Recordó que con personal a su cargo realizan entrevistas y diligencias de allanamientos en las casas de los imputados y que no fueron hallados. Luego se solicita informes a las compañías telefónicas sobre el registro del movimiento de los celulares. Se efectiviza un pedido de captura de ambos imputados y a los días recibe una comunicación telefónica de una abogada que Muñoz quería entregarse y declarar; como asimismo que Bustamante fue detenido en la localidad de Pergamino, provincia de Buenos Aires.

Posteriormente otro testigo, ex jefe de Bustamante, Muñoz y Cueva, refirió que le pareció extraño que Alexis Cueva estuviera con Muñoz y Bustamante, porque no compartía mucho. Entre Muñoz y Bustamante si había mucha amistad, siempre estaban juntos. Recordó que un lunes recibe llamadas en el celular de la empresa de la madre de Cueva consultando por su hijo. Expresó que Muñoz le refirió haberlo dejado a Cueva en el centro.

El tribunal de debate fue presidido por Daniela Arcuri, e integrado por Mariel Suárez, de forma presencial y Alejandro Soñis vía remota; el Ministerio Público Fiscal representado pro Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Muñoz fue ejercida por Guillermo Iglesias, defensor particular y la de Bustamante por Cristina Sadino, defensora pública.

El homicidio de Alexis Cueva

El pasado 23 de noviembre de 2019, entre las 18 y las 22,30 hs aproximadamente, Renzo Fernando Muñoz, Leonardo David Bustamante y un testigo, se encontraban reunidos en la casa de éste último, sita en Los Nogales al 800 de esta ciudad, cuando llegó la víctima Alexis Esteban Cueva, quien se quedó con ellos compartiendo unas bebidas.

En un momento dado, cerca de las 22.30 del mismo día, se retiran del lugar Muñoz, Bustamante y Cueva a bordo del vehículo Fiat Punto, propiedad de Leonardo Bustamante, y por motivos que a la fecha se desconocen, entre las 22.30 hs. del 23 de noviembre de 2019 y las 13 hs. del 28 de noviembre de 2019, Muñoz y Bustamante dieron muerte a Cueva, acometiéndolo mediante el uso de un arma blanca, asestándole siete puntazos en el cuello, los que provocaron la muerte de Alexis Cueva.

Posteriormente a ello, ambos imputados trasladaron el cuerpo de Cueva en el vehículo señalado, arrojando el mismo en inmediaciones de Arroyo La Mata, ubicado en el camino Juan Domingo Perón, altura de la puerta 4 que da ingreso al Autódromo General San Martin de esta ciudad. Lugar donde finalmente fue hallado el día 28 de noviembre, en virtud de los rastrillajes efectuados por la policía provincial, los cuales se llevaron a cabo debido a la investigación iniciada por la denuncia de desaparición de persona realizada por la madre de la víctima, el día 25 de noviembre de 2019. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio simple”, en calidad de “coautores” para ambos imputados.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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