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Homicidio de Daniel Bayón: Dictan 11 años de prisión a Maximiliano Willatowski

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Luego de realizada la semana pasada la audiencia de impugnación de sentencia, el tribunal resolvió confirmar la autoría del hecho en cabeza de Willatowski, rechazando la causa de justificación planteada por la defensa, pero readecuando la pena de 13 a 11 años de prisión en su contra.

La Cámara en lo Penal de nuestra ciudad estuvo compuesta por los jueces Martín Montenovo, Guillermo Müller y Daniel Pintos; por el Ministerio Público Fiscal asistió Camila Banfi, fiscal general y María Inés bartels, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Willatowski fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado de confianza del mismo.

Los jueces se refirieron a la construcción de la imputación en la investigación del hecho, “alguien disparó en seis oportunidades a Bayón que perdió la vida a consecuencia de ello”. La duda que planteó el defensor y si eventualmente fuese Willatowski, la causa de justificación y el monto de la pena. El caso presentó cierta dificultad por el sitio donde ocurrió el hecho y testigos presenciales no hubo porque ninguno pudo ver el momento determinante del disparo contra Bayón. La postura mayoritaria del tribunal se interpretó que ambos testigos coincidieron en que allí estaba Willatowski, se produce una discusión con Bayón y luego se escuchan disparos.

Respecto de la causa de justificación planteada por el defensor, legítima defensa, no se puede justificar porque no hubo una agresión inminente para descargar seis disparos contra el agresor. Finalmente los jueces readecuaron el monto de la pena, de 13 a 11 años de prisión.

El homicidio

El 1º de julio de 2017, aproximadamente a las 05:45 hs., Maximiliano Willatowski y otro sujeto de sexo masculino no identificado se hicieron presentes a bordo de un auto blanco, vidrios polarizados, en el local comercial “Drugstore 24 hs.” del Barrio Las Orquídeas. En tales circunstancias, Willatowski descendió del rodado del lado del acompañante y comenzó a increpar a Daniel Sebastián Bayón, quien se encontraba afuera del local referido. Acto seguido, extrajo de entre sus ropas un arma de fuego y con intenciones de provocar su muerte, efectuó seis disparos hacia el cuerpo de Bayón, para luego huir del lugar. La mayoría del tribunal sostuvo que el hecho se encuadra bajo la figura legal de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor para Willatowski.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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