Connect with us

Policiales

Imputaron a Aynol y le dictaron prohibición de acercamiento a la víctima

Publicado

el

En horas de la tarde del presente lunes se concretó en los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de control de detención y apertura por un hecho acontecido el pasado 26 de diciembre de 2021, que tiene como imputado al ex jugador de Jorge Newbery, Jorge «Coky» Aynol.

La representante de fiscalía realizó un relato sucinto del hecho a investigar al cual calificó provisoriamente como “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida mediante violencia, en grado de tentativa” en calidad de autor para Aynol. Por su parte la defensa solicitó se declare ilegal su detención y su libertad. Finalmente la jueza penal resolvió formalizarle el hecho en su contra, dándolo por anoticiado del mismo y por asegurada su defensa técnica, dictando su libertad con la prohibición de acercamiento y cualquier tipo de contacto con la víctima.

Presidió la audiencia Daniela Arcuri, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Belén De La Canal, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Aynol fue ejercida por Claudia Torrecillas, defensora pública.

El hecho a investigar acontece el pasado 26 de diciembre, siendo aproximadamente las 5.30 hs. en ocasión que la víctima egresa del local bailable Gigante. Ésta se encontraba caminando en soledad por la intersección de las calles Alvear y Ameghino, cuando Jorge Aynol detuvo la marcha del rodado en el que se desplazaba, marca Chevrolet, modelo Sonic, descendió del mismo y se colocó frente a la joven manifestándole: “estas solita?, veni”. Al tiempo que con sus manos la tomo con fuerza de ambos antebrazos, apenas por encima de las muñecas, e intentó conducirla hacia el vehículo donde lo había dejado detenido. La situación descripta fue observada por un ocasional transeúnte quién se aproximó al agresor, y se interpuso entre éste y la víctima refiriendo “dejala que es mi amiga, viene conmigo”. Luego Aynol libera a su víctima y se aleja del lugar en dirección al rodado. La víctima da aviso a personal policial quienes ante la sindicación procedieron a la aprehensión de Aynol en el lugar de los hechos. Calificando provisoriamente el mismo como “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida mediante violencia, en grado de tentativa” en calidad de “autor” para Aynol. El fiscal encargado de la investigación es Adrián Cabral. Solicitando la funcionaria de fiscalía se le formalice el hecho por el término de 6 meses y una medida cautelar como prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto con la víctima por igual término.

Por su parte la defensora se opuso y planteó la ilegalidad de la detención de Aynol, pero no se opuso a la apertura de investigación, porque considera que hay cuestiones a investigar, ya que su asistido declaró, negando los hechos relatados por la representante de fiscalía. Solicitando la libertad del mismo.

Finalmente la jueza penal declaró legal la detención de Aynol y dio por formalizado el hecho por la calificación legal esgrimida por la fiscalía, privación ilegítima de la libertad agravada por violencia, en grado de tentativa, y por asegurada la defensa técnica del mismo. Dictándole prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto con la víctima por el tiempo que dure la investigación como medida cautelar, y su libertad.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.