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Policiales

Mantienen la prisión preventiva del imputado Bazán Núñez

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La mañana del presente lunes se concretó por videoconferencia la audiencia de revisión de la prisión preventiva por el homicidio de Gastón Flores acontecido el pasado 21 de febrero de 2020 en el barrio San Cayetano de nuestra ciudad, que tiene como único imputado a Walter Bazán Núñez. El fiscal solicitó se mantenga la medida de coerción que pesa sobre el imputado por el término de seis meses, en tanto que la defensa no cuestionó el pedido. Finalmente el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva del imputado, por seis meses, hasta el próximo 15 de mayo de 2022.

Presidió la revisión Jorge Odorisio, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cristian Olazabal, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Lilian Borquez, defensora pública.

En un primer momento el fiscal se refirió a que el pasado 15 de septiembre se realizó una anterior audiencia de revisión donde se resolvió mantener la prisión preventiva que viene cumpliendo Bazán Núñez por el término de dos meses. Esto en base a los requisitos para sostener con probabilidad la autoría del mismo en el hecho acontecido el pasado 21 de febrero de 2020 que culminara con la vida de Gastón Flores. Recordando que la causa ya ha sido elevada a juicio y que el inicio del mismo está programado para el próximo 26 de mayo de 2022. No han variado al día de hoy ninguna de las circunstancias por las que se le dictó la medida, la probabilidad de autoría del homicidio agravado por el uso de arma de fuego. También por la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga por las características graves del hecho la pena que se espera en caso de recaer condena. Principalmente por el peligro de entorpecimiento ya que hizo desaparecer el arma homicida, existe un testigo de identidad reservada y el imputado ha demostrado que tiene la capacidad de influenciar a terceras personas para desviar la averiguación de la verdad, sostuvo el fiscal. Por todo lo cual solicitó se mantenga la prisión preventiva de Bazán Núñez por el término de seis meses.

Por su parte la defensora sostuvo que más allá de su opinión, la defensa al día de la fecha no tiene elementos nuevos para poder solicitar una morigeración de la medida, por lo cual por ahora no cuestiona el pedido del fiscal.

Finalmente el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva de Bazán Núñez por seis meses, ya que no han variado las condiciones por las que se le impuso la medida de coerción, la existencia del peligro de fuga y de entorpecimiento, ya que su libertad puede influenciar sobre testigos, también por la gravedad del hecho y la pena en espera.

El homicidio de Gastón Flores:

El hecho incluido en la acusación que acontece el 21 de febrero de 2.020, entre las 12 y las 14 has aproximadamente, en ocasión en que Gastón Flores  se encontraba en el interior de su domicilio sito en calle 649 al 2.200  en un dpto. sin numeración al fondo del terreno, del barrio San Cayetano de esta ciudad. Se encontraba escuchando música, consumiendo bebidas alcohólicas y probablemente otras sustancias, junto a Walter Bazán Núñez, con quien convivía y tenía una relación violenta. Esto según el relato de los vecinos ya que en varias ocasiones vieron cómo se peleaban y se gritaban e incluso Bazán lo llamaba a pelear en el patio interior del predio a la vista de los vecinos. Producto de esta relación violenta, Flores habría golpeado a Bazán la noche anterior, lo habría incluso bajado por la fuerza de la camioneta y es a partir de este altercado que presumiblemente se iniciara una discusión y Bazán Núñez, alias Wally, tomo un arma de fuego de propiedad de la víctima que se encontraba arriba de la heladera y le efectuó un disparo certero en el pecho con claras intenciones de dar muerte a Flores.  Luego se retiró del domicilio con el arma dejando todo ordenado para no levantar sospechas y brindo una declaración donde asegura no haberse encontrado en el lugar, situación que fue desmentida por los testigos de los departamentos lindantes.

Como consecuencia del ataque armado efectuado por Bazán Núñez, el proyectil impactó en el pecho a la altura del corazón de Gastón Flores, provocando su fallecimiento inmediato en el lugar por herida de arma de fuego en el pecho, con dirección de arriba hacia debajo y de adelante hacia atrás. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de “autor” para Bazán Núñez.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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