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Por el crimen de Cristian Delgado el menor imputado pasaría 4 años en prisión

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El pasado miércoles se concretó por videoconferencia la presentación de un procedimiento abreviado en relación al homicidio de José Cristian Delgado acontecido el pasado 19 de junio, en el barrio la Floresta de nuestra ciudad, que tiene como imputado al menor J. R. detenido en el COSE. El fiscal oralizó el acuerdo al que calificó como serio y solicitó al juez que homologue el mismo, al igual que la defensa y la asesora de menores. Finalmente el juez adelantó que, de no mediar inconvenientes, seguramente homologará el mismo.

Presidió la audiencia Alejandro Soñis, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Adrián Cabral, fiscal general; asimismo en la Oficina Judicial estaban presentes dos familiares de la víctima de apellido Saldivia; en tanto que la defensa del menor J. R. imputado fue ejercida por María Cristina Sadino, defensora pública; y Andrea Mac Garva, defensora de menores. También presenció la audiencia la madre del menor imputado.

El hecho investigado aconteció aproximadamente a las 22:54 del pasado 19 de junio del presente año, cuando la víctima Delgado se encontraba en la vía pública, intentando ingresar a un domicilio de la calle Ignacio Rucci, al 2100, del barrio La Floresta de nuestra ciudad, portando un cuchillo de grandes dimensiones. El menor imputado sale de la casa de enfrente y le exige a Delgado a gritos que se retire del lugar. Se produce una discusión y el menor J.R. extrae un elemento cortante y le asestó una puñalada en la zona del tórax a la víctima. Éste se dirige a su domicilio, momento en que el menor lo persigue, toma un escombro y se lo arroja a Delgado. Su deceso se produce por shock hemorrágico irreversible debido a herida de arma blanca en tórax. Calificando el mismo como “homicidio simple” en calidad de “autor” para el menor J.R..

El menor admitió voluntariamente, asesorado por su defensora y por la Asesora de menores, todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como su participación y responsabilidad en el hecho. En dicho sentido acepta su declaración de responsabilidad y la imposición de un Tratamiento tutelar, propuesto por el fiscal. También el permanecer detenido en el COSE por seis meses hasta que sea revisado por el juez de ejecución; como la pena de 4 años de prisión efectivos en caso de no cumplimiento de estas reglas de conducta.

La defensora por su parte aseguró que ha sido minucioso el fiscal al detallar los elementos de prueba y que su asistido ha sido asesorado y ha aceptado el acuerdo abreviado sin ningún condicionamiento. No cuestionando el mantenimiento de éste en el COSE hasta producirse la revisión obligatoria, cada 6 meses. Solicitando se homologue el acuerdo.

La asesora acompañó también la propuesta de juicio abreviado y calificó como adecuada la medida socioeducativa impuesta.

Finalmente, el juez explicó que el procedimiento abreviado es un juicio, lo único que no se produce como en un juicio oral es la prueba. Recordando que a los menores se les impone un Tratamiento tutelar, y que luego de ese tratamiento se evalúa si cumplió, o no, con el mismo. Adelantando que, de no mediar inconveniente, seguro se homologará el mismo, manteniendo el alojamiento del menor en el COSE hasta que sea dictada la sentencia.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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