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Policiales

Por el robo de una cubierta formalizaron la causa contra Vargas, Mansilla y Sesto y quedaron en libertad

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Por el robo de una rueda de auxilio el pasado miércoles 15 de noviembre en pleno centro de nuestra ciudad, se concretó la mañana del presente jueves la audiencia de control de detención y apertura de la investigación que tiene como coimputados a Bruno Nicolás Vargas, Alfredo Sesto y Lautaro Enrique Mansilla. La representante de fiscalía solicitó se declare legal la detención de los tres imputados y se les formalice el hecho en su contra bajo la calificación legal provisoria de “robo agravado por ser cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa”, en calidad de “coautores”. Por su parte el defensor no objetó la legalidad de la detención, ni la apertura, pero si la calificación.

La procuradora de fiscalía, Ailén Picollo, se refirió brevemente al hecho a investigar cuando el pasado miércoles 15 de noviembre, a las 20.58 hs., los tres imputados Bruno Nicolás Vargas, Alfredo Sesto y Lautaro Enrique Mansilla se hicieron presentes a bordo de un rodado VW Voyage, en la intersección de las calles San Martín e Italia, descienden Mansilla y Vargas, y previo cortar una cadena de seguridad sustraen la rueda de auxilio de una camioneta Toyota Hilux estacionada en la vía pública. Luego colocan la rueda dentro del rodado conducido por Sesto y huyen del lugar. Esto es visto por un taxista que los sigue y da aviso a personal policial. Seguidamente personal policial detiene el auto denunciado en Av Yrigoyen al 1050. Calificando provisoriamente el mismo como “robo agravado por ser cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa”, en calidad de “coautores” para Vargas, Sesto y Mansilla. No requiriendo medidas de coerción y solicitando el plazo de seis meses para finalizar con la investigación. El fiscal a cargo de la investigación es Juan Carlos Caperochipi. En cuanto a las circunstancias de detención la procuradora de fiscalía solicitó sea declarada legal ya que un testigo del robo da aviso a personal policial, que dos personas sustraen una rueda de auxilio y que luego escapan en una VW Voyage, lo cual posibilita que personal policial posteriormente los detenga, y al momento de la detención dentro del auto se encontraba con la rueda sustraída y un elemento de corte.

Seguidamente el defensor no objetó ni la legalidad de la detención de sus asistidos, ni la apertura de investigación de la causa en su contra; pero si cuestionó la participación de Sesto como coautor del robo. Argumentando que su rol en el hecho como partícipe necesario, y en ese caso no se configuraría el agravante de robo en banda, postulando en consecuencia la calificación de robo simple en grado de tentativa.

Finalmente, el juez penal resolvió declarar legal la detención de los tres coimputados y les formalizó el hecho en base al delito de “robo simple” en calidad de coautores para Vargas y Mansilla y de partícipe necesario a Sesto, dándolos por anoticiados del mismo y por asegurada su defensa técnica.

Presidió la audiencia de control y apertura Jorge Odorisio, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Ailén Picollo, procuradora de fiscalía; en tanto que la defensa de los tres imputados fue ejercida por Juan Bill, adjunto de la Defensa Pública.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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