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Policiales

Por un robo, Oyarzo y Carrizo serían condenados a 3 años y 5 meses de prisión

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Por el delito contra la propiedad acontecido el pasado 16 de enero de 2022 la mañana del presente martes se concretó la audiencia de presentación de juicio abreviado para los imputados Héctor Oyarzo y Andrés Carrizo. Éstos asesorados por su defensora, admitieron voluntariamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como también su autoría y responsabilidad en el hecho traído a proceso; asimismo aceptan la pena de 3 años y 5 meses de prisión efectivos.

El tribunal ante quién se presentó el acuerdo abreviado estuvo compuesto por los jueces penales Martín Cosmaro; Raquel Tassello y Alejandro Soñis; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Andrea Rubio, fiscal general; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por María de los Ángeles Garro, defensora pública.

El hecho imputado acontece el pasado 16 de enero de 2022 cuando Oyarzo, Carrizo y dos personas más Cristian Andrade y Darío Coronado, a bordo de un automóvil se hacen presentes en el domicilio de la víctima sobre la calle Gerónimo Maliqueo al 300, con el fin de sustraer elementos de su interior. Una vez allí Oyarzo, Carrizo y Coronado saltaron el cerco de la vivienda, patearon la puerta principal, rompen la cerradura e ingresan a la vivienda dirigiéndose al cuarto donde se encontraba la víctima, a quién golpearon en la cabeza con un arma de utilería y encerraron en el baño. Luego sustraen diversos elementos de valor y dinero en efectivo, para luego darse a la fuga. Dicho accionar es advertido por un vecino-testigo quién da aviso a la Seccional 3ra. Apostando datos de las características de las personas involucradas. Personal de la Brigada acude inmediatamente al lugar del hecho y divisa a dos de los nombrados salir del domicilio e ingresar al automóvil, para finalmente detener a Andrade, que manejaba Oyarzo y Carrizo. Procediendo al secuestro de los elementos sustraídos. A su vez Coronado es detenido a cuadras del lugar. Calificando el hecho como “robo agravado por ser cometido en poblado y en banda, con un arma de utilería y por el uso de un arma utilizada impropiamente, en grado de tentativa”. En cuanto a Coronado y Carrizo se resolvió una suspensión de juicio a prueba, al no tener antecedentes penales.

La fiscal seguidamente se refirió a la prueba de cargo, que el hecho quedó registrado en cámaras de seguridad, la intervención de personal de Criminalística y la pericia al arma que determinó que era de utilería. Como agravantes de la pena consideró la nocturnidad, el despliegue de violencia sobre la víctima y los antecedentes penales de Carrizo y Oyarzo. Considerando al acuerdo como serio y legal por lo cual solicitó se homologue el mismo.

Por su parte la defensora también solicitó se homologue el presente acuerdo, calificando al mismo como serio y en cuanto al monto de la pena lo consideró acorde al hecho ya que ambos tienen antecedentes penales computables.

Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo jueves 22 de junio dará a conocer si homologa, o no, el acuerdo.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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