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Prisión preventiva al camionero imputado por el homicidio de Cristian Soto

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Por videoconferencia se concretó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en contra del camionero Alejandro Sebastián Pinto, por el homicidio culposo de Cristian Soto. Los representantes de fiscalía solicitaron se le formalice la calificación legal provisoria de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga” en calidad de autor para Pinto, y se dicte su prisión preventiva. Por su parte la defensa se opuso a la formalización  pidiendo su libertad.

Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Marcelo Cretton, fiscal general y Fabiola López, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Lucía Pettinari, defensora pública.

La funcionaria de fiscalía hizo referencia al hecho a investigar: el 14 de julio, aproximadamente a las 16:20 hs. Cristian Mariano Soto se encontraba lavando vidrios sobre la Av. Yrigoyen al 3200. Al ponerse la luz roja detuvo su marcha un camión 120 Scania, el cual era conducido por el imputado Alejandro Sebastián Pinto. Luego del cambio de semáforo, inició su marcha y sin tomar los recaudos necesarios y de manera imprudente embistió a Cristian Soto. El joven sufrió fracturas múltiples y traumatismo de cráneo, provocándole la muerte instantánea.

En contraposición la defensora sostuvo que a su entender “no encuentra delito en el hecho” imputado, preguntándose “¿Cuál es el obrar de mi defendido para achacarle una conducta culposa? Y ¿Cuál es la acción riesgosa antirreglamentaria? Si arranca con el semáforo en verde y sin maniobra brusca ni llamativa”.

El fiscal Cretton solicitó la prisión preventiva del imputado por un mes ya que hubo alerte de dos conductores de lo sucedido al camionero, por la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho; y por la existencia del peligro de fuga por falta de arraigo. También el fiscal invocó las características graves del hecho y la pena en espera; como también la importancia del daño causado y la actitud que adoptó Pinto de minimizar el hecho y huir. Requiriendo por último un plazo de 6 meses,para concluir con la investigación.

Por su parte la defensora se opuso al dictado de la medida de coerción y que el imputado “debe transitar el proceso en libertad”. Tiene trabajo estable y familia en Regina, destacó la defensora, solicitando su libertad.

Finalmente el juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación por el hecho relatado y en base a la calificación legal provisoria de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga”. Dictando finalmente su prisión preventiva por el término de 15 días, en base a la falta de arraigo y que “alertado por un testigo de lo que había sucedido siguió su marcha”. Mencionó además la probabilidad de que el imputado sea el autor y el peligro de fuga.

Por último la defensora pidió la revisión de la decisión ante dos jueces, a lo cual se hizo lugar.

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