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Robo en el Lucania: Seguirá con prisión preventiva uno de los imputados

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El pasado jueves se concretó la audiencia de revisión de la prisión preventiva solicitada por la defensa de Marcos Gustavo Cerón en relación al robo al Lucania Palazzo Hotel, acontecido el pasado 12 de Agosto de 2019. La defensora del imputado solicitó su libertad ya que a su entender “no hay forma de construir su autoría” en el hecho; en tanto que los representantes de fiscalía solicitaron se mantenga la medida de prisión preventiva que pesa sobre Cerón.

El tribunal de revisión fue integrado por los jueces Raquel Tassello y Mariano Nicosia; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Cristian Olazabal y Belén De La Canal, funcionarios de fiscalía; en tanto que la defensa de Cerón fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.

En un primer momento la defensora cuestionó la decisión de la jueza natural de la causa, Mariel Suárez, en la audiencia de control del pasado 22 de noviembre, de dictar 4 meses de prisión preventiva a su pupilo Cerón. En el hecho relatado allí por la fiscalía se le imputa el hecho a 3 persona, uno de ellos Cerón que ingresa por el estacionamiento en la camioneta VW Amarok. El portero de acceso al estacionamiento sindica que las personas que bajaron de la camioneta estaban con sus rostros cubiertos con pasamontañas. A entender de la defensora “no hay evidencia para construir con probabilidad la autoría” de su defendido Cerón en el hecho. “No hay forma de decir que fue Cerón y no otra” persona razonó. Solicitando se haga lugar al pedido de la defensa de libertad de su defendido ya que no hay elementos de convicción en su contra y no se dan los peligros procesales ni de fuga, ni de entorpecimiento de la investigación para mantenerlo privado de su libertad.

Por su parte los funcionarios de fiscalía solicitaron se rechace el pedido de la defensora y se confirme en todos sus términos la resolución de la jueza natural de la causa. La defensa tiene una visión parcializada de los datos e indicios para la construcción del hecho. Cerón fue condenado junto a dos personas, una de ellas coimputado en la presente causa Jonathan Leyton, por el robo a una inmobiliaria en la ciudad de Trelew con el mismo modus operandi. Luego en el cumplimiento de su condena Cerón no regresa a su lugar de detención. Luego se lo sindica conduciendo una camioneta Amarok, hurtada en Trelew, que fue la utilizada para cometer el robo en el Lucania Palazzo Hotel, argumentaron los representantes de fiscalía. Finalmente Cerón es detenido en santa Cruz junto a su consorte de causa Leyton y se secuestran pasamontañas, guantes blancos y un arma calibre 38 mm. Concluyendo los funcionarios que existen elementos de convicción para tener al imputado como probable autor del hecho investigado, por lo cual solicitaron se mantenga su prisión preventiva.

Finalmente el tribunal de revisión sostuvo que no es la participación de Cerón junto a su otro consorte de causa en hechos similares el único argumento que tuvo la jueza natural para dictar la prisión preventiva de su pupilo. Sino que también la utilización de la camioneta Amarok en la cual se movilizaron los autores para cometer el hecho; este vehículo fue visto por las víctimas y filmado por las cámaras de seguridad.

Este mismo vehículo fue secuestrado por la policía de Santa Cruz y fue encontrado, y secuestrado en inmediaciones de la casa donde fueron detenidos Cerón y Leyton. También refuerza la teoría de la acusación el secuestro de pasamontañas, guantes blancos y un arma calibre 38 mm. en dicho domicilio en Pico Truncado. Concluyendo que el caso en investigación tiene evidencias suficientes para mantener la prisión preventiva de Marcos Cerón, existe peligro de fuga. Confirmando así la prisión preventiva del mismo por 4 meses dictada por la jueza natural y no haciendo lugar a lo solicitado por la defensa.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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