Connect with us

Policiales

Tres meses de prisión preventiva al acusado de robar, secuestrar y violar a su expareja

Publicado

el

Se concretó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación. Los funcionarios de fiscalía requirieron la calificación provisoria por abuso sexual, privación ilegítima de la libertad agravada y lesiones agravadas por violencia de género, en calidad de autor para Juan Emilio Heredia.

Presidió el acto Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Lorena Garate y Cristian Ovalle, funcionarios de fiscalía; en tanto que la defensa del Heredia fue ejercida por Franco Mellado, defensor particular del mismo.

«Dejá de llorar, si a vos te gusta»

El día 4 de abril del año 2019, aproximadamente las 18:00 horas, la víctima se encontraba en la intersección de las calles San Martín y España. Su expareja Juan Emilio Heredia se acercó a ella, la siguió a pie y sorpresivamente le sustrajo una billetera y un teléfono celular que la víctima llevaba en sus manos. Seguidamente Heredia tomó por la fuerza a la damnificada y comenzó un forcejeo. En esas circunstancias, la víctima logró soltarse e inmediatamente detuvo un remis para pedir que la alejara del lugar. En ese momento Heredia se acercó a remis y le dijo a su conductor: “Dame todo, te voy a robar”, y seguidamente le dijo a la víctima “Si vos te subís, le rompo todos los vidrios”. Inmediatamente el conductor del remis se fue del lugar, Heredia levantó a la víctima de los brazos y la introdujo en un vehículo color negro donde le propinó un golpe de puño en el rostro. Él trasladó a la víctima hasta su domicilio en el barrio Bella Vista Norte. Al llegar al lugar, tomó del cabello a la víctima y la arrastró hasta el interior de su vivienda, y a pesar de que gritó pidiendo ayuda nadie logró escucharla. Inmediatamente Heredia cerró la puerta de su vivienda con llave, colocó un sillón trabando la puerta y colocó la llave debajo de otro sillón. Posteriormente golpeó a la víctima al menos dos veces.

En horas la madrugada del día 5 de abril, Heredia propinó golpes de puño a la víctima en sus brazos. Seguidamente con una de sus manos tomó un fierro tipo regla de albañil y le dijo a la víctima “te voy a filmar deja de llorar putita si a vos te gusta, quiero que hagas como que estas disfrutando, para de llorar”. En ese momento Heredia encendió la cámara de su celular y por medio de la fuerza abusó sexualmente de ella. En horas del mediodía, el imputado le propinó golpes de puño a la víctima, tomó un fierro largo tipo regla de albañil con el cual golpeó una de las piernas de la víctima y le dijo que la dejaría inválida. Posteriormente, Heredia permitió a la víctima caminar desnuda dentro de la vivienda, por lo que la víctima aprovechando que el imputado se encontraba desnudo y con el teléfono celular, corrió los sillones que trababan la puerta de salida, buscó la llave y salió de la vivienda desnuda corriendo del lugar pidiendo ayuda.

Prisión preventiva

Los funcionarios de fiscalía requirieron se declare legal la detención de Heredia ya que la misma fue realizada por Orden de un juez penal competente. Asimismo mencionaron los elementos existentes para tener al imputado como probable autor del hecho que se investiga, el peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación. También se refirieron al comportamiento de Heredia en otros procesos anteriores; solicitando por ello tres meses de prisión preventiva y el plazo de seis meses para concluir con la investigación.

Finalmente el juez penal resolvió dictar la prisión preventiva por tres meses en base al peligro de fuga, por la gravedad del hecho y la pena en expectativa; haciendo referencia al comportamiento del imputado en otras causas.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.