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Policiales

Triviño seguirá detenido por intentar asesinar a un policía

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Se realizó la audiencia de revisión de la prisión preventiva de Martín Triviño, imputado por la tentativa de homicidio de un policía, y el juez determinó que continúe encarcelado por tres meses más.

Por el hecho acontecido el pasado 3 de agosto de 2022 que tiene como imputado a Martín Triviño, se concretó la mañana del jueves una nueva audiencia de revisión de la prisión preventiva en su contra. El representante de fiscalía solicitó se mantenga la medida de coerción que cumple el imputado por tres meses o hasta la audiencia preliminar del caso; en tanto que la defensa se opuso planteando la libertad en el presente legajo y que Triviño siga sujeto al cumplimiento de la pena en el área de ejecución penal. Finalmente, la jueza penal resolvió mantener la prisión preventiva del imputado por el término de tres meses.

La revisión fue presidida por Mónica García, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Ariel Corredera, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa de Triviño fue ejecutada por Vanesa Vera, defensora pública.

El funcionario de fiscalía solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva del imputado en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tener a Triviño como probable autor del delito que se le imputa. También por la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación, es decir que no se va a someter a proceso o puede obstaculizar la averiguación de la verdad. Por la pena en espera que, en caso de recaer condena, será de efectivo cumplimiento y por la gravedad de los hechos. Recordando el funcionario que al momento del hecho Triviño se encontraba en libertad condicional y que tiene otra causa en trámite. Existe riesgo de entorpecimiento ya que puede influir sobre testigos. Por lo cual requirió se mantenga la preventiva por tres meses o hasta que se celebre la audiencia preliminar del caso ya que el pasado 14 del presente se ha presentado la acusación pública respectiva.

La defensora se refirió a que el peligro de entorpecimiento fue fundado de manera objetiva, sin concreto decir por qué o si hubo actividad que haga suponer que dicho peligro se encuentra presente. Agregando que el mantenimiento de la prisión preventiva deviene abstracto ya que a Triviño se le revocó la libertad condicional y está cumpliendo condena por ello, por lo cual solicitó la libertad en esta causa y que siga cumpliendo pena en el área de ejecución penal.

Finalmente, la jueza penal resolvió mantener la prisión preventiva que cumple Triviño por tres meses teniendo en cuenta para los elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor. Por los peligros de fuga y entorpecimiento vigentes; y las características de los hechos sumamente graves. También por haber sido cometidos con el uso de un arma de fuego y por la pena en espera.

El ilícito investigado acontece el pasado 3 de agosto de 2022, siendo aproximadamente las 13.45 hs., cuando el imputado Triviño se hizo presente en un domicilio de las calles Garcés y Balbín exigiendo se retirasen sus moradores de ella, exhibiendo un arma de fuego, ya que él la había comprado en 2017. Luego que se retiran, Triviño sustrae un Tv led y procede a incendiar dicho inmueble, provocando importantes daños materiales. En estas circunstancias personal policial que se encontraba cumpliendo vigilancia en un domicilio cercano al referido observan descender del cerro una persona sexo masculino, luego identificada como Triviño, con una TV en un brazo y un arma de fuego en la otra mano. Se identifican como personal policial, y Triviño efectúa varios disparos e impacta uno de ellos contra la humanidad de un servidor público; esto es repelido por personal policial que hiere al imputado, que abandona el Tv en el lugar y se oculta en un domicilio cercano donde finalmente Triviño es detenido.

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La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

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La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

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Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

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La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

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