Connect with us

Policiales

La ex pareja de Rubén Cueva declaró “Estuve sometida, no podía tener vida social, ni trabajar en mi profesión”

Publicado

el

Siete testigos declararon ante el tribunal colegiado que interviene en las audiencias de debate contra Rubén Cueva (39) acusado por la fiscalía como presunto autor del asesinato de su pareja Inés Gallardo. En este marco, una ex esposa del acusado, brindó un testimonio desgarrador. La testigo, describió circunstancias similares a las que padeció Inés Gallardo, durante el breve período de convivencia con Rubén Cueva.

El caso de femicidio ocurrió el 11 de febrero de 2020 en una vivienda ubicada sobre la calle General Roca entre Pellegrini y Avenida Estrada.

Al inicio de la audiencia fue convocado el pastor de la iglesia evangélica a la que asistían la víctima y el acusado. En este sentido, el líder religioso confirmó que Inés Gallardo y Rubén Cueva se congregaron durante seis meses en su Iglesia. Asimismo, refirió que la víctima había dialogado con su esposa respecto de conflictos y tensiones que atravesaba la pareja.

Por otra parte, una amiga de Inés Gallardo declaró que unos días antes del hecho estuvo con la víctima. “La note como apagada, sin energía. Me dijo que estaba preocupada porque su pareja no conseguía trabajo” afirmó.

En tanto, otra testigo aseguró que en una ocasión en la que se disponían para ir comprar a un supermercado junto a la víctima, Cueva se opuso y expresó “Inés no puede ir a comprar si yo no voy”.

“Estuve sometida, no podía tener vida social, ni trabajar en mi profesión”  

Mediante el sistema de conexión remota, desde la provincia de Salta, ofreció su testimonio una ex esposa de Rubén Cueva, quien estuvo en pareja con el acusado durante el año 2011.

La mujer indicó que conoció al imputado en la iglesia evangélica a la que ambos asistían en Comodoro Rivadavia. Luego de seis meses de noviazgo, decidieron casarse.  Las dificultades de convivencia, comenzaron a raíz de los celos expresados por el acusado. “No podía ejercer mi profesión (profesora de educación de nivel inicial), no podía tener una vida social, tuve que cambiar mi forma de vestirme y hábitos de vida.  Estaba completamente sometida” refirió.

Ante esta situación, la mujer dejó el tráiler que compartían con Cueva en el barrio Abel Amaya y se fue a vivir a una casa en el barrio Ceferino Námuncura. Una noche Cueva, llegó hasta su hogar para pedirle que lo ayudara a confeccionar un curriculum vitae. Luego, sin mediar discusión, la sometió a una brutal agresión física. La ex esposa del acusado alcanzó a llegar a la vereda de la vivienda y salvó su vida.” En la comisaría y en la iglesia, trataron el tema como un problemita doméstico, así era en ese tiempo” concluyó.

Finalmente, se escucharon las versiones de una familiar, y una compañera de trabajo de Inés Gallardo. También desarrolló su informe pericial la Licenciada en Psicología del cuerpo médico forense.

El caso 

La mecánica de la acción femicida guarda importancia para la determinación de la existencia de un hecho delictivo y para fijar el alcance de la responsabilidad criminal del autor. Sin embargo, se ha observado que con posterioridad a la difusión masiva de crímenes de mujeres se multiplican los hechos en los que los femicidas emplean la misma mecánica criminal. Por este motivo, la Fiscalía omite este tópico al dar publicidad a la investigación penal.

Policiales

La Cámara en lo Penal deberá definir si impugna la sentencia de un condenado por abuso

Publicado

el

Por

La mañana del presente miércoles se concretó en la Cámara en lo Penal local por solicitud de la defensa de N.M.M. la audiencia de impugnación ordinaria. La defensora solicitó se realice un nuevo debate y se reduzca la pena al mínimo establecido para el delito 12 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de juicio por jurados, y la pena de 22 años de prisión para N.M.M.. Finalmente, el tribunal de Cámara pasó a deliberar y el próximo miércoles 24 de abril, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva y los fundamentos sintéticos del fallo.

La Cámara en lo Penal ante quienes se realizó la impugnación fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Mónica García, jueces de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de N.M.M. fue ejercida por María cristina Sadino, defensora pública.

La defensora solicitó se realice un nuevo juicio por “violación a garantías constitucionales ya que se han dado instrucciones al jurado que condicionaron su decisión”. Refiriéndose a “una deficiente redacción de la plataforma fáctica” que subsume hechos bajo la figura de “abuso sexual en concurso ideal con corrupción de menores”. Asegurando que “el delito de corrupción se materializa en forma distinta al abuso sexual y que desde la plataforma fáctica no se vislumbra la corrupción. La naturalización no está descripta en el hecho”, continuó la defensa. “Esta deficiente redacción del hecho afecta el derecho a defensa”. Además, todas estas conductas son tenidas en cuenta para elevar la pena a 22 años de prisión. “El juicio por jurados fue desprolijo y se deben procurar para el futuro buenas prácticas”. En cuanto a la pena impuesta “viola el principio de humanidad y progresividad del régimen de cumplimiento de la pena, no es posible reinsertarse con dicho monto en la sociedad”. Calificando la pena como “arbitraria, excesiva y desproporcionada con los injustos que se le achacan”.  Haciendo referencia a su historia de vida y de vulnerabilidad psico-social en la que se crio su asistido. Por lo cual solicitó se reduzca la pena al mínimo de 12 años de prisión.

En contraposición la fiscal argumentó que los argumentos de la defensa ya fueron contestados por escrito. Existe una particularidad en los juicios por jurados y es que el trabajo debe hacerse previo al juicio, precisamente en la audiencia intermedia. Argumentando que la cuestión de la doble agravante, por “el vínculo y por la convivencia, la defensora no se opuso en la audiencia intermedia a que la calificación vaya con el doble agravante”. Preguntándose ¿cómo se va a agraviar de nuevo, cuando no lo hizo en la audiencia intermedia? En el hecho se describen conductas reiteradas y progresivas en el tiempo, que conllevan a naturalizar las mismas en las niñas y al delito de corrupción de menores, continuó la fiscal. Como se produce la develación de los hechos, cuando la madre advierte un hecho en flagrancia. La corrupción de menores en el caso está totalmente configurada por la reiteración en el tiempo, la progresividad y habitualidad y la asimetría de autoridad del atacante. “En cuanto al planteo de la defensa para que su asistido no sea condenado por el agravante de la convivencia, se le explicó al jurado como convención probatoria que existía la convivencia”. Sobre la pena la fiscal sostuvo que no viola el principio de culpabilidad, ni la proporcionalidad ni la resocialización. También hay que tener en cuenta el fin retributivo de la pena, con dos víctimas menores en un caso extremadamente grave como el presente. La pena debe ser proporcional y acorde con el principio de culpabilidad, concluyó la fiscal. Por todo lo cual solicitó se confirme en todos sus términos la pena de 22 años de prisión en contra de N.M.M..

Continuar leyendo

Policiales

Emergencia climática: El Gobierno Provincial denunció a los fiscales que pidieron el sobreseimiento de ex funcionarios investigados

Publicado

el

Por

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Por instrucción precisa del Gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz, radicó la denuncia en Puerto Madryn contra los fiscales que tienen a su cargo la causa sobre la Emergencia Climática de 2017, que afectó a la ciudad de Comodoro Rivadavia. En relación con este tema, Torres afirmó “no voy a permitir acciones de estas características”.

Iturrioz formalizó la denuncia contra los fiscales Dr. Adrián Cabral y el Dr. Marcelo Crettón por su ‘mal desempeño en sus funciones’ en la causa de la Emergencia Climática ocurrida en 2017.

La presentación judicial se elevó al presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Rafael Lucchelli.

Importante perjuicio económico y moral a la provincia

El sobreseimiento de ex funcionarios involucrados en la causa por la Emergencia climática que azotó a Comodoro Rivadavia durante el 2017 ya había sido planteado por la Defensa y -en las dos oportunidades- la Justicia lo rechazó. Esas decisiones judiciales fueron confirmadas en la Cámara en la instancia de apelación.

Se estima que estas situaciones generaron un perjuicio económico cercana a un millón de dólares –en términos del 2017- y que involucra a 13 personas, funcionarios públicos y empresarios particulares.

El Gobierno provincial subrayó que se trata de una causa judicial trascendente para determinar las sanciones o la impunidad para los responsables de haber lucrado con la comunidad de Comodoro Rivadavia con el manejo espurio de los fondos públicos en uno de los momentos más complejos que atravesó la ciudad.

Continuar leyendo

Facebook

Las más leídas

Vivo Comodoro. Todos los derechos reservados.